Como ARQUITECTO PERITO:
INFORME. Cuando el cliente nos solicita la exposición, verbal y/o escrita, sobre las circunstancias, características o estado de un elemento, edificio, documento, etc. “describiendo lo que ve” sin opinar sobre sus cualidades y causas ni evaluar sus condiciones y consecuencias. Por ejemplo, nos pueden encargar que realicemos un Informe del estado de ejecución de una obra, o de la medición de una liquidación, etc.
DICTAMEN. Se nos solicita nuestra opinión, verbal y/o escrita, sobre el estado o características de un elemento, edificio, documento, etc. Con el Dictamen, el técnico describe lo que ve, lo analiza y evalúa su estado y consecuencia. Por ejemplo, nos pueden encargar la elaboración de un Dictamen Técnico que identifique las lesiones de un edificio, establezca sus causas y estime sus consecuencias.
DICTÁMEN PERICIAL. Es el Dictamen aportado en un procedimiento judicial. Por ejemplo, la elaboración de un Dictamen Pericial para ser aportado en un Procedimiento Judicial como consecuencia de una demanda.
CERTIFICADO. Documento que asegura la verdad de un hecho y/o circunstancias relacionadas con la edificación y/o el suelo. Documento exigido para la realización de gestiones administrativas, petición de préstamos bancarios, autopromoción, Concesión de Licencias de apertura de locales comerciales, cambio de Titular en locales comerciales, etc.
DESLINDES. Definir y marcar los límites de un recinto, edifico, solar o terreno. Determinan los límites que definen un terreno o solar en razón de unas condiciones prefijadas: propiedad, parcelación, carácter urbano, servidumbre, derechos reales, etc.
REPLANTEOS. Trazado sobre terreno de las líneas principales de un edificio o construcción proyectada. El replanteo permite redibujar a tamaño natural sobre el terreno o la obra la información representada en los planos o en otro documento y que contiene los suficientes datos para su correcta interpretación y traslado.
LEVANTAMIENTO DE EDIFICACIONES. Consiste en dibujar en uno o varios planos la forma de un inmueble o terreno, de forma que quede suficientemente definido, acotado y con la determinación de su superficie.
EXPEDIENTES DE RUINA. Se redacta un expediente de ruina según los casos regulados por la Ley 1/97 de Ordenación del Suelo en Andalucía. Existen diferentes clasificaciones de expedientes de ruina: Técnica, Económica y Urbanística.
ESTUDIO DE INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES. Elaboración de los planos necesarios, a escala, donde queden reflejadas las ubicaciones y cotas de las distintas redes de instalaciones y que puede incluir una memoria descriptiva con sus correspondientes características.
Como TASADOR INMOBILIARIO:
BAREA ARQUITECTOS se ofrece para apoyar a sus Clientes en aquellas operaciones que requieran una valoración inmobiliaria. Desde una valoración para un proceso de expropiación, hasta las valoraciones necesarias en operaciones de fusión y adquisición, asesoramiento en des inversión de activos y reestructuraciones.
Todas nuestras tasaciones están validadas por ARQUITASA, Sociedad de Tasaciones de los Colegios de Arquitectos, inscrita en el Registro Oficial del Banco de España, ofreciendo informes con toda la garantía de calidad que eso supone.
TASACIONES. A efectos de reclamaciones económicas administrativas, con motivo de liquidaciones de impuestos, separación de bienes en caso de herencias, divorcios, etc. Valoraciones para expropiación, identificación de bienes y derechos en Juntas de Compensación o procedimientos reparcelatorios: Valoraciones de inmuebles, suelos y derechos.
TASACIONES EN VÍA JUDICIAL. Con la aportación de pruebas periciales a efectos de reclamaciones de herencias, liquidaciones de bienes gananciales, expropiaciones, embargos, reclamaciones…
GESTIÓN Y OPTIMIZACIÓN DE ACTIVOS INMOBILIARIOS. Análisis de las cualidades de valor intrínsecas y extrínsecas que les pueden afectar a los Proyectos, realizando un análisis detallado con el objetivo de aportar valor, reducir coste y eliminar dificultades, consiguiendo así obtener un rendimiento óptimo en los Proyectos.
Otros SERVICIOS:
INSPECCIÓN TÉCNICA DEL EDIFICIO (ITE). La Inspección Técnica de Edificios es una inspección obligatoria que estudia y evalúa el estado general del edificio y que debe realizarse en todos los edificios multifamiliares de viviendas. La finalidad de la Inspección Técnica de Edificios es instituir un sistema de control periódico del estado de los edificios de viviendas para verificar su estado de conservación.
EXPEDIENTE DE LEGALIZACIÓN. Es el documento que se precisa de acuerdo a la normativa urbanística para legalizar una edificación que se ha ejecutado sin Proyecto previo. En este expediente se deberá constatar que lo ya construido cumple con las condiciones técnicas y urbanísticas exigibles, con el fin de que el Ayuntamiento decida sobre la viabilidad de lo ilegalmente edificado.